El Gobierno reglamentó el cobro de la atención médica no urgente a extranjeros sin residencia permanente y la medida tendrá aplicación directa en hospitales nacionales ubicados en el Conurbano bonaerense. El nuevo esquema establece que quienes no acrediten esa condición migratoria deberán contar con un seguro de salud o abonar las prestaciones.
La medida fue oficializada mediante la Resolución 1066/2026 del Ministerio de Salud y alcanza a los establecimientos sanitarios administrados por el Estado nacional. Las emergencias, en cambio, deberán ser atendidas de inmediato, independientemente de la situación migratoria del paciente.
En la provincia de Buenos Aires, el alcance presenta además una particularidad por la presencia de hospitales nacionales de administración directa y establecimientos SAMIC de gestión compartida. En estos últimos, la implementación dependerá de la decisión de sus respectivos consejos de administración.
Cuáles son los hospitales nacionales alcanzados en el Conurbano
Uno de los establecimientos de administración nacional alcanzados es el Hospital Nacional Profesor Alejandro Posadas, ubicado en Presidente Illia 999, en El Palomar, partido de Morón. Es uno de los principales centros de alta complejidad y derivación de pacientes de la zona oeste del Gran Buenos Aires.

También aparece el Hospital Nacional Dr. Baldomero Sommer, situado sobre la Ruta Provincial 24, a la altura del kilómetro 23,5, en General Rodríguez. El establecimiento brinda atención general y cuenta, además, con servicios especializados en rehabilitación e infectología.
Dentro de la provincia, aunque fuera del Conurbano, también se encuentra el Instituto Nacional de Rehabilitación Psicofísica del Sur (INAREPS), con sede en Mar del Plata y especializado en rehabilitación médica de alta complejidad.
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Distinta es la situación de los centros que funcionan bajo la modalidad de Servicios de Atención Médica Integral para la Comunidad (SAMIC), ya que tienen una administración compartida y cuentan con consejos de administración propios.
En este grupo están el Hospital El Cruce Dr. Néstor Kirchner, en Florencio Varela; el Hospital Cuenca Alta Néstor Kirchner, en Cañuelas; el Hospital SAMIC Presidente Néstor Kirchner, en Gregorio de Laferrere, partido de La Matanza; y el Hospital de Alta Complejidad del Bicentenario, en Monte Grande, Esteban Echeverría.
En esos casos, cada establecimiento deberá definir y aprobar de manera independiente el procedimiento operativo para avanzar con el cobro a extranjeros que no cuenten con residencia permanente.
Quiénes deberán pagar y qué pasa con las emergencias
El régimen establece dos mecanismos para los extranjeros no residentes. Si el paciente cuenta con seguro de salud, el hospital podrá gestionar el recupero de los costos ante la aseguradora. La cobertura deberá ser verificada y, si resulta insuficiente, el paciente podrá tener que abonar la diferencia.
Quienes no tengan cobertura deberán pagar por adelantado el 100% del valor de las consultas, estudios o intervenciones programadas, de acuerdo con el nomenclador vigente de cada institución.

Los extranjeros con residencia permanente seguirán accediendo al sistema nacional en las mismas condiciones que los ciudadanos argentinos. Para ello deberán presentar el DNI vigente donde conste expresamente esa categoría migratoria.
La gran excepción son las emergencias. La atención no podrá ser negada ni demorada por cuestiones administrativas cuando exista un riesgo cierto e inminente para la vida o las funciones vitales.
La resolución incluye entre esos casos infartos, ACV, paro cardiorrespiratorio, traumatismos graves, hemorragias masivas, quemaduras extensas, sepsis, intoxicaciones y emergencias obstétricas, pediátricas y neonatales.
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Será el profesional de la salud quien determine si se trata de una emergencia. Una vez superado el riesgo inmediato, las prestaciones posteriores sí podrán ser facturadas al extranjero no residente o a su aseguradora.

