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    La Justicia dejó firme la pena unificada de 13 años de prisión para José López

    diciembre 12, 2025
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    La Cámara Federal de Casación Penal confirmó este jueves la pena unificada de trece años de prisión impuesta al ex secretario de Obras Públicas José Francisco López, al rechazar el recurso presentado por su defensa contra la resolución que integró sus tres condenas firmes por los delitos de enriquecimiento ilícito, administración fraudulenta y portación ilegal de arma de uso civil.
    La decisión fue adoptada por Sala IV en una mayoría integrada por los camaristas Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña. El juez Mariano Borinsky postuló reducir la sanción a 12 años de cárcel en virtud de una serie de atenuantes, pero fue rechazado.
    El caso llegó a la máxima instancia penal del país luego de que el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) resolviera en agosto de este año unificar todas las penas que pesaban sobre López, fijando una única condena de trece años de prisión, multa del 60% del valor del enriquecimiento acreditado, inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, inhabilitación absoluta perpetua e inhabilitación especial para portar armas por tres años y dos meses.

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    Esa decisión abarcó tres condenas ya firmes: la sentencia dictada en 2019 por enriquecimiento ilícito en la causa conocida como los “bolsos del convento”, el fallo de 2022 en el expediente “Vialidad” por administración fraudulenta y la resolución de 2017 en la que el Juzgado Correccional Nº 3 de Mercedes lo condenó por portación ilegal de arma de uso civil.
    La defensa, representada por el defensor público oficial Santiago Finn, había cuestionado que el tribunal oral no hubiera brindado fundamentos suficientes para justificar el monto dispuesto sobre su cliente.
    Bajo esos parámetros argumentó que la condena resultaba cercana al máximo legal y que, en lugar del método composicional previsto para las unificaciones, el TOF 2 había aplicado un criterio “aritmético”, vulnerando los principios de proporcionalidad y culpabilidad. También alegó que no se valoraron de manera adecuada las circunstancias atenuantes para reducir la cuantía de la sentencia a cumplir.
    El voto de Hornos, que abrió el acuerdo y al que adhirió Barroetaveña, desestimó todos los agravios. Tras repasar los antecedentes de las actuaciones, el juez sostuvo que “el concreto planteo de la defensa de José Francisco López no resulta suficiente para controvertir lo resuelto por el a quo».
    “Resulta ineludible recordar que estos delitos no solo generan una incalculable afectación al patrimonio público, sino que deslegitiman la democracia representativa al quebrantar el principio fiduciario que rige el mandato político», sostuvo el letrado.
    La Sala IV de Casación
    La Sala IV de Casación confirmó las condenas contra el ex secretario López por enriquecimiento ilícito, administración fraudulenta y portación ilegal de arma que integran la pena única
    Y agregó: “Desde esa perspectiva, he señalado de manera constante que los delitos de corrupción requieren un enfoque más riguroso y menos tolerante . Ello es coherente con una interpretación axiológica del derecho, que privilegia los valores de Justicia y Paz Social, conforme al Preámbulo de la Constitución Nacional”.
    Las causas
    José López, ex mano derecha de Julio de Vido en el Ministerio de Planificación Federal, fue hallado responsable en tres sentencias que ya quedaron firmes. La primera corresponde a la causa de los “bolsos del convento”, en la que el Tribunal Oral Federal 1 lo condenó en 2019 por enriquecimiento ilícito tras acreditarse un incremento patrimonial injustificado.
    El episodio central ocurrió durante la madrugada del 14 de junio de 2016, cuando el exfuncionario fue detenido en el Monasterio Nuestra Señora de Fátima, en el partido bonaerense de General Rodríguez, después de arrojar bolsos con casi nueve millones de dólares, joyas y un arma de fuego, imágenes que quedaron registradas por cámaras de seguridad y fueron decisivas para el fallo.
    La segunda sentencia llegó a fines de 2022, cuando el Tribunal Oral Federal 2 lo culpó de administración fraudulenta en perjuicio del Estado en la causa “Vialidad”, vinculada al direccionamiento irregular de obra pública en Santa Cruz.
    La tercera sentencia firme data de octubre de 2017, dictada por el Juzgado en lo Correccional 3 del Departamento Judicial de Mercedes, que le impuso un año y siete meses de cárcel por la portación ilegal de una carabina calibre .22 long rifle con veinticinco municiones, incautada el día de la detención en el convento.
    Así, la Sala IV en mayoría decidió rechazar el recurso de casación para dejar firme la resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 2 porteño. De ese modo, López continuará detenido en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza, donde cumple condena mientras afronta paralelamente el debate oral en la causa “Cuadernos”.

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