El ciclo Consumidores en Acción abordó durante todo el año distintas temáticas referidas a los usuarios y consumidores, otorgando herramientas para poder ejercer los derechos adquiridos y brindar la información necesaria para respaldar posibles acciones legales.
En un repaso por las emisiones más salientes del 2025, se destacan algunas como, el rol de los consumidores en la nueva Constitución de Santa Fe, la «normalización» de los maltratos a los consumidores, publicidad engañosa, compras virtuales y devolución, la moda «fast fashion», ley de etiquetado frontal, entre otros.
Una mirada tendiente a aportar herramientas y concientizar sobre las prácticas de consumo. ¿Conocemos nuestros derechos como consumidores?
Qué rol ocuparon los usuarios y consumidores en la nueva Constitución de Santa Fe
Desde que se puso en marcha la reforma de la Constitución de Santa Fe, las distintas asociaciones de Usuarios y Consumidores de la provincia han trabajado a destajo para poner en valor y representación a los usuarios y consumidores santafesinos. Desde un principio, focalizaron la mirada en el compromiso del Estado provincial de respetar, velar y controlar qué se cumpla -en nuestro territorio- los derechos de los consumidores.
En una edición especial de Consumidores en acción distintos referentes del tema realizaron un análisis de lo conseguido en la nueva reforma. «Luego del aporte que hemos realizado desde diferentes asociaciones, se receptó -en el artículo 32 y otros de la carta magna- los derechos fundamentales de los usuarios y consumidores» expresó Valeria Vaccaro de la Oficina de Asesoría al consumidor.
Normalizar el maltrato: Qué debemos hacer si somos vulnerados como consumidores
“Los consumidores tienen que saber que podemos denunciar a esos proveedores en sede administrativa, o sea, hacer una denuncia en Defensa del Consumidor. Y, llegado el caso, obviamente también judicializarlo y la empresa podría ser multada. Después, el consumidor puede hacer por su parte -para adquirir un resarcimiento- si se lo ha deshonrado o recibido un daño moral” alertó Lucia Aguilar de la Oficina de Asesoría al consumidor que además destacó la importancia de estar informados y denunciar situaciones de maltrato o destrato.
Compras virtuales y derecho de arrepentimiento
Muchos veces el producto que reciben los compradores no es el que esperaban. En estos casos, se puede activar este derecho, contemplado en la Ley de Defensa del Consumidor, mediante el cual el cliente devuelve el producto y el vendedor le reintegra el dinero.
“Al derecho de arrepentimiento, que en realidad se llama Revocación de la Aceptación, lo tenemos tanto en la Ley de Defensa al Consumidor como en el Código Civil y Comercial de la Nación y, justamente, nos permite arrepentirnos de la compra que realizamos” explicó Lucía Aguilar.
La letrada destacó que este derecho sólo aplica para compras hechas a distancia, en donde el comprador no puede estar en contacto con el bien adquirido. “Por más de que podamos ver fotos y la descripción, no podemos revisar el producto, ni ver si tiene alguna falla, si nos gusta, si es de la calidad o del color que buscamos. Las fotos pueden tener un montón de filtros o hacerse con inteligencia artificial. Incluso a veces desde nuestra computadora podemos ver al objeto de un color determinado y cuando lo tenemos en nuestras manos vemos que es distinto”, señaló.
Aguilar destacó que es importante que los consumidores conozcan este derecho, dado que hay muchas empresas que se niegan a que los clientes se arrepientan de la compra. Además, comentó que este atributo de los clientes es irrenunciable: “Por más de que la empresa me diga que no puedo ejercer el arrepentimiento, yo como consumidor tengo que hacer de cuenta que eso no está escrito, porque es un derecho irrenunciable”.
Estrategia o publicidad engañosa: ¿cómo accionar y detectar posibles trampas?
La publicidad irrumpe en la vida del consumidor de manera constante. La misma llega a los consumidores a través de distintas estrategias desplegadas por las empresas. Y precisamente, de eso se trata la publicidad, es una herramienta de marketing que tiene como objetivo vender y además, dar a conocer determinado producto o la marca en sí. «Pero hay que tener en cuenta que no está todo permitido y existe una regulación vigente al respecto» explicó Lucia Aguilar de la Oficina de Asesoría al Consumidor en el ciclo Consumidores en Acción.
«Como consumidores estamos respaldados tanto con la Ley de Defensa del Consumidor, como con nuestro Código Civil y Comercial. No olvidemos que el consumidor se encuentra en posición desventajosa en el mercado respecto del proveedor, por lo tanto, resulta esencial que se lo proteja a través de determinadas normativas».
Ropa descartable: ¿qué es la ultra fast fashion?
Marcas líderes en el mercado, mediante este tipo de productos, hacen posible que millones de personas puedan vestirse a la moda sin gastar una fortuna. Sin embargo, esta democratización tiene un precio: un impacto ambiental devastador, condiciones laborales cuestionables y una cultura de consumo desmedido.
Cada época del consumo puede relacionarse con alguna situación internacional. «La moda efímera, que es consumida en el primer mundo, en los países desarrollados, tiene consecuencias en países subdesarrollados o en vías de desarrollo como la República Argentina, con la gente que compra a través de estas plataformas» sentenció Adriana Tripelli, titular de la Cátedra A de Derecho Ambiental de la UNR.
Ante esta problemática poco divulgada y minimizada, es necesario el trabajo de concientización sobre el consumidor. «Cuando ustedes compran una ropa, por ejemplo, tienen que ponerse a pensar que existe todo un proceso productivo detrás de esa ropa. Y pensar el por qué de ese precio baratísimo , que tendrá como consecuencia un impacto cinegético, rápido. Se produce mucho, muy barato y se vende rápido. Entonces, para producir ese mucho… necesito energía».
El costo ambiental -emisión de gases de efecto invernadero- no está incluido en el precio. «Lo pagamos entre todos, porque que el ambiente es colectivo» concluyó.
Modificación de la ley de etiquetado frontal: «La falta de información perjudica al consumidor»
La ley de etiquetado frontal generó y sigue generando un amplio abanico de ideas y posturas. Su sanción y posterior reglamentación fue un camino espinoso. Luego de sancionada costó que las empresas se adecuaran a esas reglamentaciones, incluso hubo prórrogas para que finalmente los argentinos tengamos alimentos y bebidas con sellos octógonos que indican excesos.
«El tema de los sellos es bastante controversial porque marea, en esa falta de información sale perjudicado el consumidor. Hay que buscarle otra mirada y abordarlo desde otro lugar. Ya con la ley en vigencia, hay desinformación y no fue bien aplicada. Ese manual que se implementó debería haber estado aplicado mucho antes, porque en realidad focaliza en el exceso de ciertos nutrientes, no en la cantidad de aditivos, que también son un veneno, por eso son ultraprocesados. El problema está en que no hay una información adecuada en cuanto a la aplicación» enfatizó la licenciada en Nutrición, Silvina Minicucci.
Oficina de Asesoría al Consumidor: WhatsApp – 341 7 547010. Martes a jueves de 9 a 15. Corrientes 450 3ºP
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