El jury de enjuiciamiento contra el juez Rodolfo Lineras de S谩enz Pe帽a comenz贸 este martes en la sede del Consejo de la Magistratura, en la calle Am茅rica 117 de Resistencia. El primero en hacer uso de la palabra fue el propio Lineras para defenderse de la acusaci贸n que realiz贸 el exfiscal C茅sar Luis Collado por presunto mal desempe帽o y posibles delitos de abuso de autoridad, prevaricato y violaci贸n de los deberes de funcionario p煤blico.
El magistrado habl贸 de persecuci贸n y afirm贸: 芦Si vamos a perseguir a los jueces, el sistema republicano no puede funcionar禄. Respecto a los elementos que sostienen su posici贸n, Lineras se帽al贸: 芦Las pruebas que existen son mi sentencia de habeas corpus y las sentencias del Superior Tribunal禄
Por otro lado, centr贸 su argumento en apuntar contra Collado: 芦Este personaje me denuncia y sale a hablar por medios pero nadie habla de la persecuci贸n que el hace禄, indic贸. 芦Collado abus贸 de su funci贸n de fiscal, yo no deber铆a ser el 煤nico acusado ac谩禄, sentenci贸 m谩s tarde.
El juez mencion贸 la causa contra los abogados Oscar Olivieri y Roberto Pugacz (quienes llevaron a juicio al propio Collado, el cual comenzar谩 el 16 de noviembre), la cual ingres贸 este caso a la fiscal铆a de Collado el 2 de marzo. En este caso, menciona, la secretaria del exfiscal se excuso de intervenir por tener relaci贸n con los involucrados, pero 芦nunca se logro que otra secretaria asumiera este rol禄.
芦Collado estuvo con una investigaci贸n abierta, que dice hipersensible, que dice yo obstru铆, esa sarta de falsedades y cuestiones absurdas, cuando tenia una causa que abri贸 de oficio a partir de un secuestro absolutamente ilegal e irregular, cualquier
agente de polic铆a sabe que no puede hacer un secuestro as铆禄, remarc贸
El proceso continuara con la declaraci贸n de testigos.
LA ACUSACI脫N
El jury estar谩 integrado por Ricardo Urturi, Carolina Meirino, N茅stor Enrique Varela, Ivana Yanina Balberdi, Mar铆a Celeste Romero, Jorge Fernando G贸mez y Rub茅n Guill贸n.
Entre los principales cuestionamientos de la acusaci贸n aparece la utilizaci贸n presuntamente arbitraria de un h谩beas corpus preventivo que, seg煤n Collado, no ten铆a sustento f谩ctico. Tambi茅n se se帽ala una supuesta omisi贸n en el an谩lisis de pruebas y una intervenci贸n indebida del magistrado que habr铆a obstaculizado una investigaci贸n del Ministerio P煤blico Fiscal.
En su presentaci贸n, el exfiscal sostuvo que las conductas atribuidas al juez podr铆an encuadrarse en las causales previstas por el art铆culo 7掳, incisos e) y k), y el art铆culo 8掳, inciso f), de la Ley 33-B. Esta ultima disposici贸n contempla las conductas
incompatibles con la dignidad que impone el estado judicial. El planteo tambi茅n se vincula con la causal de mal desempe帽o establecida en el art铆culo 154 de la Constituci贸n Provincial.
Durante el juicio se evaluar谩n las pruebas para examinar los hechos denunciados y determinar si existe responsabilidad del magistrado. Una vez concluida esa instancia, las partes tendr谩n la oportunidad de presentar sus alegatos finales y posteriormente se establecer谩 la fecha para la lectura de la sentencia.
Fuente: diariochaco.com

