Tras los anuncios del ministro de Economía, Luis Caputo, acerca de los desembolsos de divisas del FMI y el levantamiento del cepo a partir de la que viene, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) brindó detalles de la Comunicación A8226 que aprobó este viernes el directorio de la entidad, en relación al nuevo régimen cambiario que sucederá al mal llamado “cepo”,
En el caso de personas humanas, estableció que “se levanta el cepo, eliminando el límite de U$D 200 de acceso al MLC (Mercado Libre de Cambio) y se eliminan todas las restricciones de acceso vinculadas con asistencias gubernamentales recibidas durante la pandemia, subsidios, el empleo público y otros”. Es decir que, aquellos que recibieron Repro o alguna ayuda estatal durante la pandemia de Covid, y que les impedía acceder a la adquisición de divisas, ahora podrán hacerlo.
Además, el BCRA informó que en coordinación con Arca (ex Afip) “eliminará la percepción impositiva existente a la adquisición de moneda extranjera en el MLC (permaneciendo solamente sobre el turismo y los pagos de tarjetas de crédito)”. No habrá un impuesto para la compra de dólares en forma particular, con excepción del dólar turista y el que se paga con el uso de la tarjeta en el exterior, o por compras como las plataformas (Netflix, Disney, etc.).
Importaciones
En relación al pago de nuevas importaciones, la autoridad monetaria resolvió que la compra de bienes del exterior “podrán pagarse a través del MLC a partir del registro de ingreso aduanero (previamente era 30 días)”. En cuanto a las micro, pequeñas y medianas empresas esas adquisiciones “podrán pagarse a través del MLC a partir del despacho del puerto de origen (previamente era 30 días a partir del registro de ingreso aduanero)”. Lo mismo regirá para la importación de servicios.
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En el caso de bienes de capital también podrán pagarse a través del Mercado Libre de Cambio con un 30% de anticipo, 50% a partir del despacho del puerto de origen y 20% a partir del registro de ingreso aduanero (antes era un 20% de anticipo y solamente para MiPyMEs)”, detalló el BCRA en un comunicado difundido este viernes.
Por ultimo, las importaciones de servicios entre empresas vinculadas podrán pagarse a través del MLC a partir de que se cumplan 90 días de la fecha de prestación del servicio (previamente era 180 días).
Dividendos de empresas
El levantamiento del cepo también incluye un capítulo para personas jurídicas. Las empresas podrán remitir dividendos a sus casas matrices del exterior, pero a partir de los correspondientes a los balances iniciados el 1 de enero de este año.
“Sumándose a la autorización a acceder al MLC, sin conformidad previa, para cancelar los intereses compensatorios devengados a partir del 1° de enero de 2025, por deudas financieras con sus empresas vinculadas aprobada por el directorio del BCRA el 19 de diciembre de 2024, queda autorizado el acceso al MLC para pagos de dividendos a accionistas no residentes correspondientes a las utilidades obtenidas en los balances cuyos ejercicios comiencen a partir del 1° de enero de 2025”, señala la comunicación.
En cuanto a los dividendos de ejercicios anteriores y servicios de deuda en dólares, el BCRA señaló que “está trabajando en el diseño de una nueva serie de Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (Bopreal). Estos títulos podrán ser adquiridos en pesos, para afrontar obligaciones con el exterior relacionados con deudas o dividendos previos al 2025, y deudas comerciales con fecha previa al 12 de diciembre de 2023”.
Además, el Gobierno dispuso que “se derogará el Programa de Incremento Exportador (80/20 o dólar blend) para la liquidación de exportaciones”. Así, “los plazos de ingreso de divisas al MLC por exportación de bienes y servicios no se verán modificados”. También se eliminará “el plazo mínimo de tenencia para operaciones de valores negociables (parking) aplicable a personas humanas”.

