El jury de enjuiciamiento contra el juez Rodolfo Lineras de Sáenz Peña comenzó este martes en la sede del Consejo de la Magistratura, en la calle América 117 de Resistencia. El primero en hacer uso de la palabra fue el propio Lineras para defenderse de la acusación que realizó el exfiscal César Luis Collado por presunto mal desempeño y posibles delitos de abuso de autoridad, prevaricato y violación de los deberes de funcionario público.
El magistrado habló de persecución y afirmó: «Si vamos a perseguir a los jueces, el sistema republicano no puede funcionar». Respecto a los elementos que sostienen su posición, Lineras señaló: «Las pruebas que existen son mi sentencia de habeas corpus y las sentencias del Superior Tribunal»
Por otro lado, centró su argumento en apuntar contra Collado: «Este personaje me denuncia y sale a hablar por medios pero nadie habla de la persecución que el hace», indicó. «Collado abusó de su función de fiscal, yo no debería ser el único acusado acá», sentenció más tarde.
El juez mencionó la causa contra los abogados Oscar Olivieri y Roberto Pugacz (quienes llevaron a juicio al propio Collado, el cual comenzará el 16 de noviembre), la cual ingresó este caso a la fiscalía de Collado el 2 de marzo. En este caso, menciona, la secretaria del exfiscal se excuso de intervenir por tener relación con los involucrados, pero «nunca se logro que otra secretaria asumiera este rol».
«Collado estuvo con una investigación abierta, que dice hipersensible, que dice yo obstruí, esa sarta de falsedades y cuestiones absurdas, cuando tenia una causa que abrió de oficio a partir de un secuestro absolutamente ilegal e irregular, cualquier
agente de policía sabe que no puede hacer un secuestro así», remarcó
El proceso continuara con la declaración de testigos.
LA ACUSACIÓN
El jury estará integrado por Ricardo Urturi, Carolina Meirino, Néstor Enrique Varela, Ivana Yanina Balberdi, María Celeste Romero, Jorge Fernando Gómez y Rubén Guillón.
Entre los principales cuestionamientos de la acusación aparece la utilización presuntamente arbitraria de un hábeas corpus preventivo que, según Collado, no tenía sustento fáctico. También se señala una supuesta omisión en el análisis de pruebas y una intervención indebida del magistrado que habría obstaculizado una investigación del Ministerio Público Fiscal.
En su presentación, el exfiscal sostuvo que las conductas atribuidas al juez podrían encuadrarse en las causales previstas por el artículo 7°, incisos e) y k), y el artículo 8°, inciso f), de la Ley 33-B. Esta ultima disposición contempla las conductas
incompatibles con la dignidad que impone el estado judicial. El planteo también se vincula con la causal de mal desempeño establecida en el artículo 154 de la Constitución Provincial.
Durante el juicio se evaluarán las pruebas para examinar los hechos denunciados y determinar si existe responsabilidad del magistrado. Una vez concluida esa instancia, las partes tendrán la oportunidad de presentar sus alegatos finales y posteriormente se establecerá la fecha para la lectura de la sentencia.
Fuente: diariochaco.com

