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    Una agencia fue condenada a pagar más de $60 millones a cinco familias por un frustrado viaje de egresados

    agosto 7, 2026
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    La Sala II de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Azul condenó a la agencia Viafín Turismo – VF S.A. a indemnizar con más de $60,8 millones a cinco familias de Tandil por el frustrado viaje de egresados de sus hijos. El tribunal concluyó que la empresa incumplió los contratos, no restituyó el dinero reclamado por los consumidores y mantuvo una conducta omisiva frente a los reiterados pedidos de información y devolución, lo que justificó una importante reparación económica por daño moral y daño punitivo.

    El caso se originó en contratos celebrados durante 2019 para la realización de viajes estudiantiles. Las familias abonaron la totalidad de los servicios y recibieron certificados de libre deuda, pero la pandemia obligó a reprogramar las salidas previstas para diciembre de 2021 primero a enero y luego a marzo de 2022.

    Ante la incertidumbre y la imposibilidad de viajar en las nuevas fechas, varios de los contratantes solicitaron la cancelación del servicio y el reintegro del dinero abonado. Sin embargo, las respuestas de la empresa fueron parciales, tardías o directamente inexistentes. Las devoluciones prometidas nunca se concretaron y tampoco hubo solución durante las actuaciones realizadas ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor ni en la instancia de mediación prejudicial.

    La empresa fue declarada en rebeldía por no contestar la demanda en tiempo y forma y, recién después, intentó justificar el incumplimiento argumentando que las restricciones sanitarias derivadas de la pandemia habían impedido cumplir con las obligaciones asumidas.

    La Cámara rechazó esa defensa al considerar que fue incorporada fuera de término y que no había sido debidamente acreditada durante el proceso. Los jueces remarcaron que una apelación no constituye una nueva oportunidad para introducir argumentos o defensas que no fueron planteados oportunamente.

    En su análisis, el tribunal destacó que la conducta reprochada no se limitó a las reprogramaciones motivadas por la emergencia sanitaria, sino al comportamiento posterior de la empresa frente a los consumidores, al no brindar información adecuada, no entregar documentación suficiente y no devolver voluntariamente las sumas percibidas.

    Al valorar el daño moral, los camaristas tuvieron especialmente en cuenta la frustración que significó perder un viaje de egresados, considerado una experiencia única e irrepetible en la vida de los estudiantes. Además, resaltaron las molestias, la incertidumbre y el desgaste emocional que debieron atravesar tanto los adolescentes como sus familias durante los reclamos administrativos y judiciales.

    El fallo también subrayó que los estudiantes debían ser considerados consumidores en situación de vulnerabilidad por tratarse de adolescentes, con menor experiencia para afrontar este tipo de contrataciones y una especial dependencia del comportamiento diligente del proveedor.

    Por ese motivo, la Cámara elevó la indemnización por daño moral a $3 millones para cada estudiante y a $1 millón para cada uno de sus progenitores.

    En cuanto al daño punitivo, el tribunal concluyó que la conducta de la empresa excedió un simple incumplimiento contractual y constituyó un grave menosprecio hacia los derechos de los consumidores. Como consecuencia, fijó una multa civil equivalente a cuatro Canastas Básicas Totales del Hogar 3 por cada grupo familiar, lo que representa $6.443.089,92 por familia, según los valores vigentes en junio de 2026.

    La sentencia también ordenó devolver el valor actualizado de los viajes, fijado en $1.722.500 por cada grupo familiar. Sumados el reintegro, las indemnizaciones por daño moral y el daño punitivo, la condena alcanza los $12.165.589,92 para cada una de las cinco familias y un total de $60.827.949,60, sin contar los intereses.

    De acuerdo con el cálculo realizado por el estudio jurídico que representó a los demandantes, la empresa había reconocido en 2022 una devolución total de apenas $453.750 para los cinco grupos familiares. El fallo, en consecuencia, elevó la reparación a un monto superior a 130 veces esa suma inicial.

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