El Concejo Municipal de Presidencia Roque Sáenz Peña aprobó una modificación a la ordenanza vigente que habilita al Juzgado de Faltas a disponer el decomiso anticipado de motocicletas secuestradas por infracciones graves, sin necesidad de esperar el plazo de seis meses establecido hasta ahora.
Hasta la sanción de la Ordenanza N.º 9438, las motocicletas retenidas por infracciones de tránsito podían ser recuperadas por sus propietarios dentro de un período de seis meses. Una vez vencido ese plazo, el Municipio quedaba facultado para disponer de los vehículos mediante subasta, compactación, afectación al uso oficial o cesión.
Con la nueva normativa, el Juzgado de Faltas podrá ordenar el decomiso antes de cumplirse ese plazo cuando existan razones fundadas vinculadas a la seguridad pública.
La medida alcanza a motocicletas utilizadas en picadas ilegales, pruebas de velocidad, maniobras peligrosas, conducción temeraria, alteración del orden público mediante ruidos molestos o disturbios, conducción por parte de menores de edad sin habilitación, así como también a casos de evasión de controles, desobediencia a la autoridad y conductores reincidentes.
La ordenanza establece que cada situación deberá ser evaluada de manera individual, considerando la gravedad de la infracción, el riesgo ocasionado a terceros, los antecedentes del conductor y el principio de proporcionalidad.
Asimismo, dispone que toda decisión deberá estar respaldada por una resolución fundada del Juzgado de Faltas, garantizando el debido proceso, el derecho de defensa y la correspondiente notificación al presunto infractor.
Desde el Municipio señalaron que la modificación busca fortalecer las herramientas de prevención frente al incremento de las infracciones protagonizadas por motociclistas, especialmente las relacionadas con picadas, maniobras peligrosas y disturbios en la vía pública. Además, pretende reducir los costos que genera el almacenamiento prolongado de vehículos secuestrados en los depósitos municipales.
La norma también ratifica que será el Juzgado de Faltas el organismo responsable de determinar la reincidencia, evaluar la gravedad de cada caso y resolver si corresponde el decomiso anticipado, la compactación, la subasta o cualquier otro destino previsto por la legislación vigente.
Por último, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá reglamentar la aplicación de la nueva ordenanza en un plazo de 30 días.

