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    Otro fallo favorable para Argentina: la justicia estadounidense evitó el pago millonario a bonistas

    agosto 27, 2025
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    La República Argentina obtuvo otro fallo a favor en tribunales internacionales, en el marco de la ofensiva de bonistas para que el país pague un resarcimiento por supuestamente haber manipulado las cifras del Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) durante el gobierno de Cristina Kirchner, y a cargo del organismo, por ese entonces, Guillermo Moreno.
    Según la Procuración del Tesoro de la Nación informó que la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de los Estados Unidos, con sede en Nueva York, rechazó el pedido de los demandantes en el caso “Aurelius”, conocido como “Cupón PBI”, de revisar su decisión previa audiencia.
    La resolución constituye así la confirmación de un reciente triunfo legal para la República, al impedir una potencial obligación de pago estimada en US$ 500 millones, según fuentes oficiales. Este fallo a favor de la Argentina se suma al revés judicial que recibieron los principales fondos de inversión demandantes por la considerada irregular expropiación de YPF en Irlanda.
    En este caso puntual, el reclamo se basa en que el país dejó de publicar el dato de PBI del último trimestre de 2013, porque el kirchnerismo cambió la metodología y el crecimiento anual fue de 3,2%, justo debajo del 3,3% que gatillaba el pago.

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    Esa decisión generó reclamos en tribunales internacionales, primero en Londres por la versión del cupón en euros y luego en Nueva York por la serie en dólares. El litigio europeo avanzó y en 2023 la Argentina fue condenada. Por ahora, los fondos solo cobraron una parte estimada en 313 millones de euros, depositada en marzo de 2024 como garantía para apelar, aunque ese intento fue rechazado.
    Este martes el tribunal neoyorkino reafirmó su decisión del 16 de julio, en el que rechazó la apelación de los fondos solicitantes y confirmó la sentencia dictada en julio de 2024 por la jueza Loretta Preska.
    En esa decisión, la magistrado que sigue también el caso de YPF, falló a favor de la Argentina al determinar que los demandantes no habían cumplido con la cláusula de “no acción” prevista en los contratos.
     

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