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    Asesinatos de trabajadores en Rosario: cómo fue la planificación y cuánto cobraron los sicarios

    abril 15, 2025
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    A más de un año de la brutal saga de crímenes de trabajadores en Rosario que se llevó la vida de los taxistas Héctor Raúl Figueroa y Diego Celentano y el playero Bruno Bussanich, tres personas fueron imputadas por organizar los hechos y pagarle a sicarios menores de edad para perpetrar los crímenes. También se los incriminó por amenazas hacia el gobernador.
    Es así como este martes, se dispuso la prisión preventiva efectiva para Johana A. Maximiliano G. y Alejandro C. por los tres homicidios y la tentativa de asesinato de otro chofer de colectivos de la línea 122, todos ocurridos en marzo de 2024. Los fiscales Patricio Saldutti y Adrián Spelta de la Unidad de Homicidios Dolosos le atribuyeron los delitos y el juez de Primera Instancia Gustavo Pérez de Urrechu dispuso la prisión preventiva por el plazo de ley para los tres imputados.
    
    La Fiscalía le imputa a Johana Soledad A., Alejandro N., Brenda P., Gustavo M. y Macarena M. (ya imputados), junto a personas menores de edad y personas aún no identificadas el haber formado parte del grupo que ideó y perpetró una parte de los ataques armados destinados a generar temor y conmoción pública en la ciudad de Rosario tras la selección de objetivos sensibles como víctimas choferes de taxi y colectivos, recolectores de residuos, comisarías, farmacias y estaciones de servicio.

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    Todo ello como respuesta a las modificaciones impuestas en los últimos tiempos en los distintos regímenes de detención en las Unidades Penitenciarias, tanto en el Servicio Penitenciario Provincial como en el Servicio Penitenciario Federal, y así también infundir temor en la población. Con su accionar, los imputados buscaron atemorizar a la población de Rosario provocando el cese temporal de los servicios de transporte.
    Desde su lugar de alojamiento -Pabellón N.º 28 de alto perfil de la Unidad Penitenciaria N.º 11 de Piñero- del Servicio Penitenciario de Santa Fe-, Alejandro Isaías N. determinó y encomendó a Brenda Natalí P., quien se encontraba cumpliendo detención domiciliaria en la localidad de Funes a disposición de la Justicia Federal, que organice la comisión de los hechos, ofreciendo una remuneración económica para quienes ejecuten los mismos.
    Así Brenda P. cumpliendo el mandato de Alejandro N., seleccionó los objetivos de los hechos, y dispuso de los recursos materiales y personales para cometer los mismos en forma conjunta con Gustavo M., Macarena M. y un menor de 17 años, quienes les impartieron las instrucciones particulares, entregaron el arma de fuego utilizada y ordenaron los hechos ilícitos a cometer por menores de edad por una suma de dinero.
    Crímenes de taxistas
    El 5 de marzo de 2024, Gustavo M. y Macarena M., convocaron a menores de edad al domicilio de Gustavo M. y Macarena M. sita en calle Lamadrid al 1600 de Rosario, a los fines de brindarles las instrucciones específicas del homicidio a cometer, y les entregaron el arma de fuego a utilizar y la nota que debían dejar en el lugar del hecho.
    Momentos más tarde, pasadas las 22.30 aproximadamente, dos menores de 16 y 15 años concurrieron hasta la intersección de Oroño y Uriburu, donde el menor de 15 años abordó el taxi conducido por Héctor Raúl Figueroa para dirigirlos hacia calle Flamarión y Lamadrid. El menor de 16, en bicicleta, se anticipó a la llegada del taxi, y se dirigió al lugar acordado, Flamarión y Lamadrid, para alertar a otro menor que el taxi estaba en camino, quien se apostó a la acera a esperar.
    Cuando el rodado arribó a destino, el otro menor abrió fuego contra Figueroa, mientras el de 15 años descendió, perdiendo en esa ocasión una de sus zapatillas y olvidando arrojar la nota amenazante.
    Los disparos efectuados por el otro menor de edad le causaron la muerte inmediata a Figueroa producto de los múltiples impactos de proyectiles de arma de fuego en la zona craneal, de la misma manera que uno de los proyectiles, le generó un roce en la zona abdominal al menor de 15 años.

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    Luego de efectuar los disparos, el otro menor y el menor de 15 años huyeron del lugar corriendo, ocultándose en un domicilio cercano, donde se apersonó Macarena M. y les retiró el arma de fuego utilizada. Después, el otro menor se apersonó en el domicilio de calle Alem al 4000 de Rosario, perteneciente a la imputada Johanna Soledad A. y le pagó la suma de $200.000 por el hecho cometido.
    Se le imputa además a Johana Soledad A. por orden de Gustavo M. y Macarena M. (ya imputados) haber pagado a los autores materiales la misma suma de dinero, por el hecho de homicidio cometido en el 6 de marzo de 2024, en el que resultó víctima Diego Celentano.
    En esas circunstancias se había imputado a Isaías N., quien se encontraba detenido en Piñero, haber encomendado a Brenda P. (con prisión domiciliaria) que organice la comisión de los hechos, ofreciendo una recompensa económica. La mujer organizó los crímenes en forma conjunta con Gustavo M. Macarena M. y Matias M., quienes les impartieron las instrucciones particulares, entregaron el arma de fuego utilizada y ordenaron los hechos a cambio de una suma de dinero, a los autores materiales.
    El 6 de marzo de 2024, Gustavo M., Macarena M. y Matías M. (ya imputados) convocaron a los autores del hecho al domicilio de Matías M. en calle avenida Belgrano y avenida Argentina de Rosario a los fines de brindarles las instrucciones específicas del homicidio a cometer y les entregaron el arma de fuego a utilizar y el teléfono celular aportado por Raúl P.
    Raúl P. (imputado) solicitó un móvil taxi el 6 de marzo 2024 a las 23.08, vía WhatsApp, para el domicilio de calle Lamadrid al 400 bis de Rosario. El viaje le fue adjudicado al taxi que era manejado por la victima Diego Celentano, quien inició en el punto solicitado y culminó en calle Marcelo T. de Alvear y Garmendia de Rosario, ocupado por dos personas de sexo masculino.
    En esas circunstancias, una vez arribados a destino, antes de bajar del rodado, desde el asiento trasero del vehículo, actuando por la espalda de la víctima y a escasa distancia, y aprovechándose de la indefensión de la víctima le efectuaron detonaciones causando su muerte producto de los múltiples impactos de proyectiles de arma de fuego en la zona craneal. Luego de efectuar los disparos, los autores materiales huyeron del lugar. Luego de eso Johana A. por orden de Gustavo M. y Macarena M. le pagó a los autores materiales la suma de $200.000 a cada uno, por el hecho cometido.
    Por su parte, se les atribuye a Maximiliano G. y Alejandro C. haber formado parte junto a Brenda P., Gustavo M., Macarena M., Axel R., Joana G., José M., junto a menores y otras personas aún no identificadas, el haber formado parte del grupo que ideó y perpetró los ataques a choferes de taxi, recolectores de residuos, choferes de colectivos, comisarías; farmacias y estaciones de servicio.
    Maximiliano G. se encuentra vinculado a la organización criminal liderada por presos de alto perfil desde su lugar de alojamiento, quienes determinaron y encomendaron a Axel R. (ya imputado), quien se encontraba cumpliendo detención domiciliaria a disposición de la Justicia de Menores, que organice la comisión de distintos hechos delictivos, ofreciendo una recompensa económica para quienes ejecuten los mismos.
    Así, Axel R. (ya imputado), seleccionó el objetivo del hecho, y dispuso de los recursos materiales para cometer el mismo. Por su parte, Brenda P. (ya imputada), quien se encontraba cumpliendo detención domiciliaria a disposición de la Justicia Federal y Gustavo M. (ya imputado) aportaron al autor material del hecho, un menor de edad, quien cometió el mismo juntamente con Alejandro C.
    Crimen de Bruno
    El 9 de marzo de 2024, aproximadamente a las 20, el menor de 15 años, por orden de Gustavo M., y Brenda P., fue conducido en un vehículo de alquiler desde calle Anchorena al 1500 hasta calle Misiones al 2200, donde fue recibido por Axel R.
    Ya dentro del inmueble, realizaron una videollamada efectuada desde el interior del Servicio Penitenciario de Coronda por parte del imputado Maximiliano G., dándole instrucciones del homicidio a cometer. En esa oportunidad se dispuso el asesinato de cualquier empleado de la estación de servicios ubicada en calle Mendoza y Rojas.

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    En esas condiciones Joana G. (ya imputada) se hizo presente en el domicilio trasladando el arma de fuego a utilizar y la nota manuscrita que los autores debían dejar en la escena. Momento más tarde se presentó en el lugar un masculino no identificado, quien aportó el vehículo con el cual se cometería el hecho. Del mismo modo se presentó Alejandro C., quien sería el conductor del rodado en el hecho.
    Alrededor de las 23.30, el imputado Alejandro C., como conductor del vehículo, y el menor de 15 años de edad, se dispusieron a conducirse en el rodado hacia el objetivo indicado. Luego de dar algunas vueltas, aguardaron en la intersección de Rojas y White, mientras que el menor se dirigió a pie hasta la estación de servicios, donde luego de aguardar algunos minutos, una vez que la víctima del hecho, Bruno Bussanich, ingresó en la cabina de cobranzas del playero de la estación, el menor se acercó al mismo portando un arma de fuego tipo pistola calibre 9 mm con la que efectuó tres disparos que impactaron, dos de ellos, en el torso y en el cráneo de la víctima, para luego darse a la fuga, hasta donde lo aguardaba el conductor del rodado.
    Al momento de cometer el hecho, el menor arrojó una nota amenazante. Luego de abordar el rodado, ambos masculinos se condujeron por calle White hasta calle Furlón, donde tomaron dirección al sur, y antes de llegar a la colectora de Autopista Rosario-Córdoba, detuvieron la marcha y el masculino Alejandro C., incendió el vehículo con bidones de nafta.
    Luego de ello, ambos sujetos se dirigieron a la casa de Axel R., donde devolvieron el arma de fuego e incineraron las prendas que el menor utilizó en el hecho. Al día siguiente fue acompañado a un domicilio cercano donde una mujer le hizo la entrega de dinero.
    Otro ataque a sangre fría
    La Fiscalía también le atribuyó a Alejandro C. el hecho ocurrido el 6 de marzo de 2024 a las 23.53 aproximadamente, en circunstancias en que la línea 122 Roja estaba finalizando su recorrido por calle Cerrito y antes de llegar a la intersección de calle México de Rosario, fue abordado por una motocicleta Honda modelo Twister 250 (secuestrada) conducida por J. M. llevando como acompañante a Alejandro C., quienes se pusieron del lado derecho del colectivo -puerta de ascenso y descenso de pasajeros- y sin mediar palabras le efectuaron entre tres y cuatro disparos de arma de fuego en dirección al conductor, los que impactaron en la carrocería del vehículo.
    Seguidamente, sobrepasaron la marcha del colectivo y desde el frente, nuevamente en dirección al chofer, el acompañante de la motocicleta apuntó e intentó efectuar disparos contra el mismo, todo ello con la evidente intención de causar su fallecimiento del conductor del transporte público, no logrando su cometido dado que el disparo no salió. Los ocupantes de la motocicleta se fueron rápidamente a la fuga por calle México al sur.
     
     

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