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    🔴 JUDICIALES | La jueza que le otorgó domiciliaria a Barraza esquivó dos intentos de jury en el pasado

    julio 22, 2024
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    Mercedes Pereyra, titular del Juzgado de Garantías N°1, fue denunciada ante el Consejo de la Magistratura en 2015 y 2019. En ambas ocasiones las acusaciones fueron desestimadas por el bloque de abogados y representantes políticos. Ahora resulta cuestionada por haberle otorgado la domiciliaria al piquetero Barraza mientras se aguarda conocer los fundamentos de su decisión.

    La titular del Juzgado de Garantías N°1 de Resistencia, María de las Mercedes Pereyra, benefició con prisión domiciliaria al piquetero Carlos Barraza durante este último fin de semana, y despertó nuevamente polémica por su accionar a pesar de aun desconocerse los fundamentos, teniendo en cuenta que la magistrada ya fue denunciada ante el Consejo de la Magistratura en previas ocasiones por mal desempeño, abuso de autoridad y desvío de poder.

    El ministro de Seguridad de la provincia, Hugo Matkovich, indicó este lunes que desde el Ejecutivo le solicitaron al Procurador General que se apele la medida de la magistrada, quien no notificó al Equipo Fiscal antes de emitir su fallo. Las declaraciones de Matkovich dejaron entrever un claro malestar por la domiciliaria del piquetero ya que, según señalaron, la fiscal Irala había realizado un extenso trabajo dentro de la causa que, entienden, contaba con numerosas evidencias para que Barraza, imputado por defraudación al Estado, continúe detenido.

    Pereyra, de extensa trayectoria dentro del Poder Judicial y con suficiente edad para acceder a la jubilación, ya debió afrontar la posibilidad de ser enjuiciada políticamente en dos ocasiones, siendo la primera de ellas en el año 2016 y la segunda en 2019. En ambas situaciones, los representantes del Superior Tribunal de Justicia votaron para que sea juzgada, mientras que los representantes de abogados y de los bloques políticos, votaron para desestimar las acusaciones realizadas en su contra.

    La denuncia de mayor magnitud, ocurrida en 2019, contempló un sumario inicial con informes y críticas contra la jueza expresadas por 10 fiscales de investigación. El Superior Tribunal de Justicia corrió vistas al Procurador General, Jorge Canteros, para que realice la denuncia ante el órgano encargado de juzgar y remover a los magistrados, pero éste se inhibió al igual que su adjunto Miguel Fonteina por haber sido denunciados previamente, por la jueza Pereyra, en otro expediente.

    La denuncia entonces debió llevar la firma del entonces fiscal de Cámara y ahora ministro de Gobierno, Jorge Gómez, quien asumió el rol de Procurador General Subrogante. En la denuncia señaló que Pereyra incurrió en graves y reiteradas irregularidades procesales, abuso de autoridad, desvío de poder y criterios erróneos que fueron encuadrados como actos reiterados de parcialidad manifiesta.

    Para fundamentar estas acusaciones, Gómez se basó en un total de nueve causas donde se habrían llevado a cabo actos irregulares en situaciones donde se habían interpuesto medidas cautelares y, específicamente, prisiones preventivas. Estos casos, a su vez, eran de extrema sensibilidad por tratarse de delitos graves como homicidios agravados y abusos sexuales. 

    Esta denuncia, que al momento de llevarse adelante significó un verdadero escándalo dentro del Poder Judicial por el fuerte acompañamiento que había recibido, fue desestimada por los consejeros miembros, quienes indicaron que la denuncia del Procurador tenía un «déficit» de fundamentos y que la acusación no contemplaba «motivos suficientemente graves para habilitar el juicio de responsabilidad política» por lo que resultó, según el entonces consejero representante del Consejo de Abogados y ahora presidente de SECHEEP, Hilario José Bistoletti, necesario el rechazo para mantener «indemne la garantía de inamovilidad tributaria de la garantía institucional de independencia del Poder Judicial». En otras palabras, la mayoría de los consejeros defendió la libre interpretación del derecho que realizó en sus causas la jueza Pereyra. 

    Quienes votaron para desestimar esta denuncia fueron: Miguel Angel Feldman, Bistoletti  –ambos por el Consejo de Abogados-, Ricardo Sánchez –diputado- y José María Quirós –representante del Ejecutivo, como ministro de Gobierno-.

    Al contrario, quienes votaron a favor de avanzar con el juicio político fueron las consejeras Emilia María Valle –representante del Superior Tribunal de Justicia, Hilda Alicia Cáceres –representante del Poder Judicial- y Carmen Noemí Delgado –diputada y ahora presidente de la Legislatura chaqueña-.

    Estas tres consejeras fundamentaron su decisión en la entidad y persistencia de las conductas que tuvo Pereyra. Según afirmaron, estas conductas fueron «puestas de manifiesto por los distintos fiscales de investigación y luego fueron ratificadas por el Superior Tribunal de Justicia».

    «Están dadas las condiciones de procedencia a fin de que la acusación contra la actual jueza, por mal desempeño en sus funciones, sea admitida», indicaron, y se diferenciaron de sus pares al manifestar que no era posible descartar la figura de mal desempeño ya que, cuando el accionar del magistrado provoca un daño gravísimo, «la falta de intención no siempre puede ser invocada como eximente de responsabilidad política».

    Además, señalaron que los errores reiterados de Pereyra tampoco podían ser pasados por alto porque «forman parte del patrón de conducta del juez, aquellos cuya repetición resulta un inidicio claro para inferir la insuficiente preparación técnica para desempeñar el cargo o la falta de los mínimos dotes para llevar adelante su tarea con eficiencia».

    También hicieron hincapié en los nueve casos citados por el Procurador Subrogante al resaltar que hubo intrusión en las funciones de investigación que tiene el Ministerio Público Fiscal, carencia de fundamentación en las decisiones, obrar negligente al no citar el derecho aplicado en las resoluciones, contradicciones, desvío de poder, carencia de imparcialidad al fallar irrazonable e infundadamente, entre otros.

    Fue Valle quien, bajo su fundamentación, indicó que la famosa regla de que los jueces no pueden ser sometidos a jury por las interpretaciones que hagan del derecho o por el contenido de sus sentencias, no reviste carácter absoluto y debe ceder ante la existencia de conductas reiteradas por parte de la entidad. 

    En tanto, los fiscales de investigación que suscribieron los informes y manifestaron inquietudes por las resoluciones de Pereyra durante su carrera como magistrada, dijeron que el accionar de la jueza motivaba planteos de recursos que posteriormente conllevaban a la declaración de nulidad por parte de la Cámara de Apelaciones, lográndose así –según expresaron- «retardos en las investigaciones fiscales y una afectación a la normal gestión de cada equipo».

    SEGUNDA DENUNCIA:

    La segunda acusación contra Pereyra tuvo lugar en 2015, y fue iniciada por el entonces presidente del Directorio del Nuevo Banco del Chaco S.A, Diego Arévalo. El posterior candidato a intendente de Resistencia había denunciado a la magistrada por una causa de fraude que tramitaba en la fiscalía de Investigación N°4 a cargo de Griffith Barreto.

    Esta segunda denuncia contra Pereyra, más simple por su contenido, tenía como base una causa donde habían imputado a dos operadores del mercado financiero porteño por presuntas estafas consumadas en perjuicio del Nuevo Banco del Chaco.

    Ambos imputados fueron detenidos tras presentarse espontáneamente en la fiscalía al ser requeridos por la Policía Federal. Los abogados defensores de ambos pidieron que se defina el magistrado de Garantías a cargo de la causa, y fue entonces cuando la jueza Pereyra tomó las riendas porque el Juez Natural, Carlos Alvarenga, se encontraba de licencia y la magistrada Rosalía Zózzoli, del Garantías N°3, se inhibió al alegar amistad con los familiares de uno de los imputados.

    Según Arévalo, quien denunció en calidad de representante del NBCH, Pereyra llevó adelante una serie de actos procesales irregulares que terminó «con la libertad de los imputados en horas de la noche» tras el pago de una fianza valuada en 30 mil pesos, un monto «desproporcionado al de la estafa investigada, la que alcanzaría la suma de 50 millones de pesos«, según afirmó el denunciante.

    Pereyra realizó una extensa defensa en esta denuncia y pidió que sea desestimada in limine. Además de fundamentar la legitimidad del orden procesal en su accionar durante las audiencias que cuestionó Arévalo, señaló que los imputados fueron liberados debido a los siguientes motivos: que se presentaron espontáneamente, no tenían antecedentes penales, carecían de causas abiertas y de un peligro de fuga. También indicó, respecto a la fianza, que había sido colocada tras recibir por parte del defensor una garantía de cumplimiento de la caución, y que era un plazo fijo por la suma de $ 210.000 rubricado en el NBCH. En caso de que los imputados no paguen dentro de 48 horas, se les libraría orden de captura.

    En adición a esta denuncia, el vicepresidente del banco, Rogelio Camarasa, también la acusó dentro del mismo expediente por la tipificación de usurpación de autoridad al haber protagonizado una polémica llamada desde el teléfono perteneciente al Poder Judicial para pedir información sobre otro expediente, que no le concernía a Pereyra, y que tenía como interviniente a su hijo quien actuaba como abogado de una de las partes.

    Los integrantes del Consejo de la Magistratura desestimaron la denuncia –unificada- contra Pereyra al indicar que la jueza actuó de pleno derecho y que su accionar fue legítimo tras la ausencia del juez natural y la inhibición de Zózzoli. Su comportamiento durante las audiencias, en lo que al orden procesal concierne, fue avalado.

    Pero, nuevamente dentro de esta crónica, quien votó en disidencia fue únicamente la jueza del STJ, Isabel María Grillo. En sus fundamentos, dijo que Pereyra no respetó las formas establecidas por la Ley Procesal y que todo el accionar de la jueza puede ser catalogado como mal desempeño.

    Grillo indicó que hubo una extralimitación en las funciones y que no se respetó, por ejemplo, la normativa que establece que para pedir la oposición a una prisión preventiva, ésta debía ser presentada de manera escrita, no oral. También cuestionó que Pereyra no haya aguardado por la presencia de la parte querellante en la causa de fraude para llevar adelante la audiencia, y manifestó que este accionar afectó el derecho de defensa del querellante, quien «no fue notificado de la celebración del acto procesal, vedándosele la posibilidad de ejercer sus pretensiones». En otro de sus puntos, Grillo señaló que el ordenamiento procesal tampoco permite garantizar una caución real con otra supuesta «garantía» que ofrezca la defensa.

    En definitiva, quienes votaron durante esta oportunidad para declarar la denuncia del NBCH como improcedente, fueron los consejeros Ricardo Sánchez –diputado-, Héctor Oscar Bicain –Consejo de Abogados, Juan José Bergia –Poder Ejecutivo-, Carim Peche –diputado- y Diego Alberto Caballero –Poder Judicial-.

    Pereyra ya había sido cuestionada meses atrás cuando les otorgó a la familia Sena, imputados por el asesinato de Cecilia Strzyzowski, la posibilidad de que se revinculen. Esta decisión fue luego anulada por la Cámara de Apelaciones.

    Fuente: diariochaco.com

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