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    🔴 JUDICIALES | Piden jury contra la fiscal Lupi tras cuestionamientos a su intervención en un caso de abuso infantil

    junio 13, 2024Updated:junio 13, 2024
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    El abogado Juan Arreguin acusa a la fiscal Liliana Lupi de «favorecer» a una mujer y su pareja, acusados del abuso sexual de una niña de 6 años.

    El abogado Juan Arreguín presentó una denuncia ante el Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento contra la Fiscal de Investigaciones Nº 1 de Sáenz Peña, Liliana Lupi. La presentación alega que la fiscal es responsable de actos presumiblemente delictivos en calidad de autora, configurando un incumplimiento de sus deberes funcionales, por la revinculación de una niña con su madre y la pareja, quienes fueron denunciados por abuso sexual.

    Arreguín argumenta que Lupi violó diversos dispositivos legales, generando actos «insanablemente nulos» dentro del proceso penal. Según el letrado, la fiscal se arrogó funciones y competencias que no le corresponden, «perdiendo la objetividad necesaria» que debe regir su accionar.

    El caso tiene su origen el 8 de agosto de 2023, cuando una mujer (abuela paterna) presentó una denuncia relatando hechos presuntamente delictivos que involucran a su nieta de seis años. La niña habría sido víctima de abuso sexual por parte de la pareja de su madre.

    A raíz de la denuncia, se inició un expediente por el que se tomaron testimoniales a la denunciante y al padre de la menor. Posteriormente, se ordenó la declaración testimonial de la madre de la menor y la de la propia niña, la cual se cumplimentó en Cámara Gesell en septiembre de 2023.

    El 5 de diciembre de 2023, se ordenó la detención de la madre y su pareja por la presunta comisión del delito de abuso sexual con acceso carnal. Ambos fueron citados a declarar como imputados, pero optaron por abstenerse de declarar.

    El 13 de marzo de 2024, pese a que no había cambiado la situación de la investigación -planteó Arreguin- la fiscal dictó una resolución para revincular a la menor con su madre, lo que provocó controversia. Esta resolución fue vista como constitutiva de delito por el abogado, quien argumentó que la fiscal había dictado resoluciones «contrarias a la ley» y había incumplido sus obligaciones, configurando el delito de abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público.

    Arreguín argumentó que la medida de revinculación no solo generó zozobra y desconfianza en sus mandantes, sino que también «puso en riesgo a la menor al obligarla a estar en contacto con su madre, quien seguía imputada del delito investigado». La situación se agravó, consideró, cuando el entonces querellante particular presentó su renuncia indeclinable el 19 de marzo de 2024, dejándolos sin representación legal.

    En la extensa presentación a la que accedió Diario Chaco,  el abogado repasó que en marzo de este año, se ordenó que la menor fuera llevada al domicilio de su madre por su progenitor, sin la compañía de ninguna otra persona del entorno familiar, a pesar de que la madre seguía imputada.

    Acusó que en ese periodo solo tuvo acceso limitado al expediente en dos ocasiones, lo que dificultó el desarrollo normal de su trabajo. Por todo lo planteado, señaló que hay varias medidas que no respetaron derechos y garantías de sus defendidos y hasta de que se pretendió ponerle fin a la investigación preparatoria de manera «irregular».

    El 24 de mayo de 2024, la Fiscal Lupi solicitó al Juzgado de Garantía el sobreseimiento de la madre de la menor y su pareja, ambos imputados por abuso sexual con acceso carnal. La medida incluía la restitución de la menor a su madre, revocando la prohibición de acercamiento que estaba vigente.

    Para Arreguín, la representante del MPF se arrogó facultades que no le correspondían ya que dicha decisión debería ser manejada por los Juzgados de Niñez, Adolescencia y Familia, los cuales cuentan con la especialidad e interdisciplinariedad necesarias para abordar estos casos complejos.

    «Habilitar la revinculación entre imputada (entregadora, en la calificación legal elegida por esta Fiscalía en el marco de esta causa) y la menor víctima del delito denunciado por la abuela y el progenitor es una atrocidad y la comisión conjunta de un delito. Ordenar la Restitución de la menor, a la madre entregadora, significa el summum de la ilegalidad», planteó.

    Por eso presentó un recurso de apelación contra la medida de restitución, argumentando que viola las competencias de la Fiscalía y contraviene las disposiciones del Código Procesal de Niñez, Adolescencia y Familia.

    «Noten que desde el 8 de abril hasta el 27 de mayo transcurrieron 40 días aproximadamente, sin que el Juez de Garantías haya tomado conocimiento de la andanza de la denunciada. Recién después de 40 días autoriza la actuación del Juzgado de Garantías, para que en tiempo record el novel juez dictara una resolución que constituye un verdadero «copia y pega» de la presentación de la Fiscal denunciada«, planteó el letrado.

    Según él, la sentencia de sobreseimiento fue emitida de manera infundada y con una calidad científica «pobrísima». Cierra Arreguin, manifestando que el comportamiento de la fiscal favoreció a imputados, lo que constituye un caso de «violencia Institucional contra la mejor y su familia paterna».

    Fuente: diariochaco.com

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