Con las firmas de las ministras del Superior Tribunal de Justicia, Emilia María Valle e Iride Isabel Grillo, se revocó la sentencia condenatoria contra Erik Rebollo y se envió el oficio a la misma Cámara Segunda en la Criminal de esta ciudad, para la realización de un nuevo juicio contra el acusado.
Cabe recordar que Erik Rebollo, el automovilista que atropelló y mató al motociclista José Ariel Ponce, hecho sucedido el primero de septiembre de 2018, sobre calle Comandante Fernández (12) entre 7 y 9, momento que el motociclista se movilizaba junto a su novia Alejandra Chamorro, quien sufrió heridas de gravedad producto de la fuerte colisión.
Fue de impacto nacional, no sólo por el hecho del siniestro, sino por la actitud de Rebollo, quien, tras el accidente, descendió rápidamente de su camioneta Eco Sport, y se dirigió donde estaba tirado y agonizando en el piso, Ariel Ponce, para agredirlo verbalmente, en vez de intentar socorrer al accidentado.
Todo eso fue replicado en videos que se viralizaron rápidamente por las redes sociales, y repercutieron en los canales de alcance nacional.
Los fundamentos del nuevo juicio
En cuanto a la realización del nuevo juicio contra Erik Rebollo, que fue condenado a dos años y seis meses, por la jueza de la Cámara Segunda en lo Criminal, tanto el abogado defensor Matías Jachesky, quien «pidió la absolución de su defendido, fundamentando que el desencadenante del resultado con la muerte de Ponce, fue la maniobra realizada en «U» hecha por el motociclista, lo que no permitió que su defendido pueda esquivarlo» dijo el defensor.
Mientras que el fiscal de estado Carlos Rescala, también apeló la sentencia por considerarla escasa, y por haberse obviado pruebas fundamentales de pericias, como el exceso de velocidad que se movilizaba a 86,82 kilómetros por hora, y con el test de alcoholemia que le dio positivo con 1,09, tres veces de lo permitido, y sobrepasando los límites de velocidad de 40 kilómetros por hora para la ciudad. Donde también el imputado, debió considerar la situación del tiempo con lluvia y asfalto mojado, que no le sería posible frenar si requería hacerlo ante una posible colisión.
Que si respetaba todo eso, a pesar de la maniobra fortuita de Ponce, quizás las lesiones que les hubiera provocado no hubieran sido de gravedad, manifestó en su alegato, Carlos Rescala.
Ante todo esos fundamentos, es que las juezas Valle y Grillo, declararon la nulidad del fallo N 68 y del debate que lo procede, debiendo la misma Cámara que lo dictó, pero con distintas sala unipersonal, desarrollar un nuevo juicio y dictar el respectivo pronunciamiento, firmaron.
Fuente: diarionorte.com