De manera sistemática y cada vez con mayor frecuencia a toda hora y lugar, un sujeto con sus inciales A.R.A , acosó por videollamadas y mensajes a una mujer que se animó a denunciarlo. El depravado reunió información personal de la víctima y comenzó a perseguirla: en el trabajo, el domicilio y en el juzgado de Cortés, el intruso la contactó por teléfono para reducirla a la denunciante en todo sentido. Expresiones sexuales en cada llamada era el modus operandi. Fue tan grave el acoso padecido por la joven, que cuando estaba en el Juzgado de Faltas, recibió un llamado, el cual fue grabado y se aportó como prueba.
xUna mujer de Resistencia fue sistemáticamente acosada por teléfono por un hombre. La víctima sufrió un hecho cuando esperaba en el juzgado para declarar.
Al fundamentar su decisión, la jueza Cortés, consideró que el hecho «se cometió en contexto de violencia de género, en el marco de la Ley 26.485, toda vez que se valió de un celular para realizar reiteradas llamadas anónimas con comentarios sexuales, situándola en un lugar de objeto para satisfacer el deseo sexual del llamante, invadiendo y afectando su vida privada, laboral, su integridad sexual y psicológica». Así mismo agregó que «ni en el ámbito judicial al que acudió en busca de ayuda la dejó de acosar y hostigar» y precisó que las pruebas de la causa fueron valoradas «a la luz de una adecuada perspectiva de género».
«Lo llamativo del caso es que en plena audiencia testimonial en la sede del juzgado la víctima recibió una llamada del agresor y se pudo dejar constancia de todo lo que dijo. Se requirió informes a las compañías telefónicas y así se acreditó la identidad del sujeto pese a que la llamada tenía restringido el número de línea», puntualizó en otro pasaje de la sentencia.
Cortés analizó que la tecnología «ha transformado muchas formas de violencia de género en algo que puede cometerse a distancia, sin contacto físico y que va más allá de las fronteras mediante el uso de perfiles anónimos para intensificar el daño a las víctimas». En este sentido subrayó: «todas las formas de violencia de género en línea se utilizan para controlar y atacar a las mujeres y mantener y reforzar las normas, los papeles y las estructuras patriarcales, y una relación de poder desigual».
xLa jueza de Faltas Marcela Cortés, incorpora nuevos fallos para la prevención y eliminación del acoso digital en contexto de violencia de género.
La sentencia
El sujeto fue condenado a 60 días de arresto por haber hostigado digitalmente y tales conductas están prohibidas por el Código de Faltas a partir de la reciente modificación que incorporó la identidad digital en el Capítulo XI y, en particular, contravino lo establecido en los artículos 139 ter y quater inciso «g». Además, el fallo dice: «Sustituir parcialmente la pena de arresto, por el cumplimiento de 20 días de sesiones de tratamiento terapéutico a realizarse conforme lo establece el Programa de Asistencia a Varones a fin de abordar estas situaciones de forma terapéutica, todo ello conforme a los turnos que dispondrá el profesional tratante y bajo apercibimiento de ordenarse su arresto».